Ecuador | La medida quedó establecida en el Decreto Ejecutivo No. 116, firmado este miércoles 10 de septiembre, con el cual se reformó el reglamento a la Ley para estimular y controlar la producción y comercialización del banano, plátano (barraganete) y otras musáceas destinadas a la exportación.
El documento incluye un único artículo que añade la siguiente disposición al reglamento:
“Art. 3.1. Revisión del precio mínimo.- En cualquier momento del año, y de forma excepcional, el presidente de la República podrá disponer a la Autoridad Agraria Nacional que emita el respectivo acuerdo ministerial con una nueva fijación de los precios mínimos de sustentación y precios referenciales FOB”.
Estos valores se mantendrán de manera provisional hasta que se instalen las mesas de negociación previstas en la Ley y en el Reglamento, que definirán los precios definitivos.
Exportaciones en crecimiento
La medida se emite en un contexto de expansión del sector agropecuario. Según el Banco Central del Ecuador, las exportaciones de productos agropecuarios superaron los USD 6.442 millones FOB entre enero y junio de 2025, un crecimiento del 30,7% respecto al mismo periodo de 2024.
En el caso del banano, las ventas alcanzaron los USD 2.044 millones FOB, con un mayor volumen colocado en mercados como Rusia (+151 mil toneladas), la Unión Europea (+160 mil toneladas), Turquía (+44 mil), China (+40 mil), Estados Unidos (+31 mil) y otros 24 destinos (+80 mil).
Fuente: Revista Vistazo






